¿Puedo circular con un coche sin seguro?

3 enero 2010 | Por alejandrocastellon

No. Con este monosílabo responderíamos de manera tajante y directa, ya que la pregunta no admite lugar a dudas y está muy claro cuál es la respuesta al respecto. No obstante, desde este blog de motor te contamos más detalles, con la legislación española en la mano, para que ante la pregunta ¿puedo circular con un coche sin seguro?, no tengas dudas: no se puede.

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coche seguro

El reglamento de circulación lo dice bien clarito, y la respuesta a la pregunta que te planteamos -¿puedo circular con un coche sin seguro?- no admite ninguna duda: la legislación española establece la obligatoriedad de tener un seguro de coche. Esto se llama, de manera formal Seguro Obligatorio de Automóviles. Concretamente, la cobertura mínima obligatoria que debe incluir un seguro de coche es la Responsabilidad Civil Obligatoria. Circular sin este seguro mínimo contratado supone ser sancionado con multas que van desde los 601 euros hasta los 3.005 euros. Es decir, si tienes un coche y no tienes seguro, más vale que no lo cojas y no circules con él hasta que no hayas contratado un seguro. Otra cosa es que tengas el coche asegurado pero no lleves encima el recibo. Hasta hace bien poco, esto también era motivo de multa, pero ahora se permite no llevarlo en el coche. No obstante, lo recomendable es hacerlo, ya que se trata de una cláusula que no está bien definida. En otra ocasión discutiremos este asunto de llevar físicamente el recibo del seguro en el coche, pero no es el caso de este post. Por tanto, la recomendación que te hacemos es que contrates tu seguro de coche, eligiendo entre las diferentes opciones de seguro que hay. Aunque el seguro de coche es obligatorio, no todos los seguros tienen que ser iguales, porque no todos los coches ni todos los conductores son los mismos.

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Un comentario en «¿Puedo circular con un coche sin seguro?»

  1. Mi hermana tiene un coche a su nombre pero lo tiene cedido a otra persona, actualmente no a realizado el pago semestral correspondiente, se a recibido el aviso de pago con fecha tope del 10/02/2011. Si no se paga ella es responsable?

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