¿Puedo aparcar en mi propio vado?

13 diciembre 2019 | Por admin

Uno de los errores en los que caen muchas personas, es pensar que, al tener un vado, pueden aparcar en la calle, enfrente del mismo. Esto es un error bastante frecuente debido a se tiende a confundir el derecho de acceso a través de la acera, con la posibilidad de poder aparcar en dicha zona.

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¿Puedo aparcar en mi propio vado?

Cuando tenemos un vado permanente, lo que estamos haciendo es pagar un derecho por poder cruzar a través de la acera con nuestro coche para poder entrar en el garaje, local o aquello que tengamos contratado. Es evidente que, para poder gozar de ese derecho, el acceso al vado tiene que estar libre y, por lo tanto, ni nosotros mismos podemos aparcarlo.

¿Qué consecuencias tiene aparcar en nuestro propio vado?

Las consecuencias de aparcar en nuestro propio vado, son exactamente las mismas que aparcar en otro lugar en donde no podamos, la pertinente multa y la posibilidad de que se lleve el coche la grúa. La tasa que estamos pagando por el vado, únicamente nos da derecho a cruzar la acera con el vehículo, no utilizar esta para nuestro propio uso privado. Por último, es importante destacar que no existe excepción alguna a la regla. Independientemente de que el vado se encuentre como acceso a una cochera particular o a una casa, no se va a poder aparcar nunca delante del mismo, por lo que, si lo hacemos, nos tenemos que atener a las consecuencias. En definitiva, un vado no es un derecho de aparcamiento ilimitado en la calle, por lo que, si estás buscando sitio para aparcar cerca de tu casa y estás mirando con buenos ojos al espacio delante de tu casa, con tu propio vado reservado, deshecha la idea o tendrás la posibilidad de llevarte una multa.

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